OGUC · Arts. 4.2.18 y 4.1.7D.S. N° 47/1992 y D.S. N° 50/2015 (Accesibilidad Universal)· 6 min de lectura

Dimensionamiento de vías de evacuación y ancho de pasillos (Art. 4.2.18 OGUC)

Aprende a calcular el ancho libre de pasillos y vías de evacuación en Chile: regla de 0,5 cm por persona, mínimos de 1,10 m y 1,50 m para ruta accesible, restricciones de fondo de saco (10 m) y normas especiales para colegios y malls.

Reglas de evacuación y anchos libres exigidos por la DOM

Las vías de evacuación deben garantizar un flujo expedito y seguro en caso de siniestro o incendio. La ordenanza chilena establece fórmulas de dimensionamiento basadas en la carga de ocupación servida, junto con estándares mínimos independientes del aforo.

Regla General: 0,5 cm por Persona

Para edificios de cualquier destino, el ancho se dimensiona calculando medio centímetro por cada ocupante que evacúe a través de él, respetando siempre el mínimo obligatorio de 1,10 metros.

Ruta Accesible Universal (1,50 m)

Los pasillos que conduzcan a recintos de uso público o áreas comunes que requieran accesibilidad universal deben asegurar un ancho libre continuo no menor a 1,50 m para permitir el giro en 360° de una silla de ruedas.

Calculador asistido

Calcula tu caso en tiempo real

Aplica los factores vigentes y cita la norma en cada resultado.

Antes de este cálculo

  • Carga de ocupación: Con el aforo de cada sector, dimensiona el ancho de pasillos y vías de evacuación.

Norma aplicable

OGUC · Título 4, Capítulo 2 y especiales

Elige el caso que corresponde a tu pasillo: cada destino tiene anchos y reglas propias que prevalecen sobre la regla general.

Fórmula base: 0,5 cm por persona, con mínimo de 1,10 m. Con menos de 50 personas, el ancho se fija en 1,10 m.

Ingresa la carga de ocupación de la superficie servida, mayor que cero.

Casos especiales de pasillos en la OGUC

Pasillo Ciego (Fondo de Saco)

Máximo 10 metros desde la puerta más desfavorable hasta la vía de escape o escalera (Art. 4.2.17).

Centros Comerciales y Malls

Pasillos principales entre 2,40 m y 4,00 m según cantidad de locales y niveles comerciales (Art. 4.10.7).

Locales Escolares

Mínimo de 1,80 m a 2,40 m cuando las aulas enfrentan ambos lados del pasillo (Art. 4.5.9).

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre este cálculo

¿Cuál es el ancho libre mínimo de un pasillo según la OGUC?

La regla general del Art. 4.2.18 establece un factor de 0,5 cm por persona atendida, con un piso mínimo absoluto de 1,10 metros libres de todo obstáculo. En pasillos de la ruta accesible que atiendan público, el Art. 4.1.7 exige 1,50 metros.

¿Qué es un pasillo en fondo de saco y cuál es su largo máximo permitido?

Un pasillo en fondo de saco es aquel que tiene una sola vía de salida. Según el Art. 4.2.17 de la OGUC, las puertas de acceso a las unidades no pueden distar más de 10 metros de la escalera o salida más cercana.

¿Cuáles son los anchos mínimos en colegios y establecimientos educacionales?

El Art. 4.5.9 fija anchos entre 0,90 m y 2,40 m según el nivel y si las aulas dan a uno o ambos costados del pasillo, adicionando 0,15 m por cada 30 alumnos en recintos con más de 180 alumnos.

Fuentes de esta guía

Ver índice normativo completo