¿Cómo funciona el sistema de aportes al espacio público?
Promulgada en 2016, la Ley N° 20.958 estableció un principio universal: todo proyecto de edificación que genere mayor densidad debe mitigar su impacto en el entorno urbano comunal mediante cesiones gratuitas de terreno o aportes financieros directos en dinero destinados a financiar el Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP) de la respectiva municipalidad.
Opción A: Pago en Dinero
Se calcula sobre el avalúo fiscal vigente del terreno. Si el proyecto obtuvo beneficios de constructibilidad (por ejemplo, por conjunto armónico o eficiencia energética), el avalúo base se incrementa proporcionalmente según el Art. 182 de la LGUC.
Opción B: Cesión Física de Terreno
Consiste en traspasar gratuitamente al dominio municipal metros cuadrados netos del predio destinados a vialidad o áreas verdes públicas. No aplica el recargo por beneficios de constructibilidad.